El juez Calama rechaza abrir causa contra Zapatero por malversación en el caso de las joyas oficiales

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, ha rechazado ampliar la investigación contra el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por un presunto delito de malversación de caudales públicos, desestimando así la petición formal de la Fiscalía Anticorrupción.

El Ministerio Público había solicitado atribuirle este tipo penal al constatar que el exjefe del Ejecutivo no entregó a Patrimonio del Estado las joyas halladas durante el registro de su despacho profesional.

En su resolución, el instructor concluye que «no cabe afirmar» que la retención de las piezas —que Zapatero catalogó como un obsequio «personal» del rey de Arabia Saudí durante un viaje oficial a España en 2007— constituya automáticamente patrimonio público «por la mera circunstancia de haber sido recibidas en consideración al cargo», descartando de momento la tipicidad de la malversación sobre dichos bienes.

Paralelamente, mediante un segundo auto, el magistrado ha ordenado suspender cautelarmente los procedimientos inspectores de la Agencia Tributaria abiertos sobre el propio expresidente, su cónyuge y sus hijas, así como sobre su socio y allegado Julio Martínez Martínez y diversas sociedades mercantiles vinculadas al entorno del exdirigente socialista.

La derivada de Plus Ultra y las tasaciones millonarias

La causa principal sitúa a Zapatero como presunto cabecilla de una trama de tráfico de influencias que habría cobrado contraprestaciones económicas por mediar ante el Ejecutivo para la aprobación del rescate público de 53 millones de euros concedido a la aerolínea Plus Ultra durante la pandemia.

En el marco de esas pesquisas, el juez ya atribuyó al exmandatario indicios de delito fiscal y contrabando a raíz de la intervención policial de los lotes de alta joyería en su oficina.

Los dos informes técnicos incorporados al sumario han tasado las piezas incautadas en 1,3 millones y 1,02 millones de euros, respectivamente.

Anticorrupción consideraba que la admisión explícita de Zapatero de no haber registrado ni depositado las joyas en las dependencias de Patrimonio del Estado encajaba en una apropiación indebida de fondos o caudales de titularidad pública, criterio que el magistrado instructor ha terminado por rechazar.

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