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El Supremo ve delito en la permisividad con la fuga de Puigdemont

Pablo Llarena, magistrado del Tribunal Supremo e instructor del caso ‘procés’, considera que hubo delito en la permisividad que facilitó la huida de Carles Puigdemont.

Tras analizar los informes presentados por los Mossos d’Esquadra y el Ministerio del Interior sobre la fuga del expresidente catalán, Llarena ha señalado que dichos documentos «impiden descartar la implicación de otros responsables no visibles». En particular, el magistrado alude a los artículos 408 y 451.3.b del Código Penal, que sancionan la omisión del deber de perseguir delitos y el encubrimiento por parte de funcionarios públicos.

Llarena ha destacado que, aunque el informe autonómico menciona la dificultad de proceder a la detención de Puigdemont debido a la multitud que lo rodeaba, y pese a la identificación de tres individuos que podrían haber colaborado en la fuga, los informes no indican obstáculos insalvables para que el dispositivo policial interceptara al procesado en su trayecto hacia dicha aglomeración, ni se mencionan impedimentos que justificaran la imposibilidad de seguirlo eficazmente. Esto permitió que Puigdemont lograra escapar del territorio nacional.

Dada esta situación, Llarena ha remitido los informes «a los efectos oportunos», ya que el Tribunal Supremo no tiene competencia para investigar los hechos ocurridos el pasado 8 de agosto en Barcelona.

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