El Constitucional asesta un varapalo a Gabilondo e inadmite el recurso sobre el voto de la ‘Ley de Nietos’

Con el voto decisivo de Conde-Pumpido, el Tribunal Constitucional rechaza por 10 a 2 las cautelarísimas del Defensor del Pueblo y cierra la vía judicial para los nacionalizados antes del 29-N.

El Tribunal Constitucional respalda la cautelar del Supremo y deja sin voto en las generales a 163.000 nacionalizados por la ‘Ley de Nietos’

El Pleno del Tribunal Constitucional ha asestado un duro varapalo institucional a la maniobra del Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, al inadmitir a trámite por un contundente saldo de 10 votos frente a 2 su recurso de amparo contra la suspensión del derecho al voto de los 163.000 beneficiarios de la Ley de Nietos. La resolución frena en seco las aspiraciones del Ejecutivo de reincorporar este censo exterior de cara a los comicios del próximo 29 de noviembre.

Las claves del varapalo judicial en el Tribunal Constitucional

  • Rechazo por «prematuro» con una mayoría transversal: El órgano de garantías ha considerado que el recurso planteado por Gabilondo resultaba extemporáneo e improcedente al encontrarse la causa principal aún abierta y en tramitación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
  • El movimiento de Cándido Conde-Pumpido: La clave de la aplastante votación radicó en el alineamiento del presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, quien se desmarcó del bloque marcadamente progresista para sumar su voto a los cinco magistrados del sector conservador. Esta alianza configuró una mayoría transversal inédita en una de las materias de mayor voltaje político de la legislatura.
  • Derrota de una maniobra insólita: La iniciativa del Defensor del Pueblo figurará como la decimoquinta ocasión en 46 años de historia democrática en la que la institución acude en amparo al Constitucional —y la única en la que exigía medidas «cautelarísimas» sin escuchar a las partes—, subrayando el carácter excepcional de la ofensiva jurídica emprendida por Gabilondo a un mes de su salida del cargo.
  • Prevalencia de la integridad del censo CERA: Con esta inadmisión, cobra plena firmeza el criterio garantista fijado por el Tribunal Supremo, que establece que el interés general de contar con un censo electoral limpio, fiable y sin sombras de irregularidades prevalece sobre los derechos individuales de los solicitantes. El Supremo continuará ahora con el procedimiento ordinario escuchando las alegaciones de las partes, cerrando definitivamente la vía judicial para desbloquear este sufragio antes del 29-N.

Etiquetas: #LeyDeNietos #TribunalConstitucional #DefensorDelPueblo #AngelGabilondo #CondePumpido #TribunalSupremo #VotoExterior #CERA #Elecciones29N #PoliticaEspanola #Vox