El BOE ha publicado esta mañana, 48 horas después de las elecciones europeas, la Ley Orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña. También conocida como Ley de Amnistía. Ha entrado en vigor tras de su publicación en el BOE, abriéndose un plazo de dos meses para que jueces y tribunales la apliquen.
El decreto, firmado por el Rey Felipe VI y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, recoge la norma que el Congreso respaldó el pasado jueves con mayoría absoluta. Levantando el veto del Senado y dando luz verde definitiva a su aprobación. Tras varios meses de tramitación y negociaciones entre el Ejecutivo y las formaciones independentistas.
Recordemos que la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, anunciaba el levantamiento del veto a la Ley de amnistía por parte del Senado. Esto significa la ratificación de la aprobación de esta ley.
La decisión ha generado reacciones en todos los sectores políticos. Desde el Gobierno confirman que la ley no será publicada en el BOE hasta después de las elecciones europeas del 9J.
Por su parte los fiscales del proceso ya han informado al Fiscal General del Estado Álvaro García Ortíz, que no todos los delitos cometidos por los procesados en el 1-O son amnistiables. Por lo que esta amnistía no sería aplicable a los fugados procesados por malversación como Carles Puigdemont, Toni Comín, o Lluis Puig. Ni tampoco al condenado Oriol Junqueras porque según los fiscales hubo un beneficio patrimonial en su conducta.