La Audiencia Nacional ha dado la razón a Shakira en su batalla judicial contra Hacienda después de más de ocho años de litigio.
El tribunal considera que la cantante no residió de forma habitual en España durante 2011 y, por tanto, no tenía obligación de tributar en nuestro país ese año.
La resolución concluye que Hacienda no logró demostrar que la artista permaneciera en España más de 183 días, el mínimo que marca la ley para fijar la residencia fiscal.
Durante ese periodo, Shakira realizó una gira internacional con más de un centenar de conciertos y mantuvo gran parte de su actividad profesional fuera de España.
Por ello, la Audiencia Nacional ordena devolverle cerca de 60 millones de euros entre cuotas abonadas, sanciones e intereses.
La cantante sostiene que “nunca existió fraude” y defiende que siempre actuó siguiendo las recomendaciones de sus asesores fiscales. Además, la sentencia también desmonta otra de las sospechas más repetidas: que las sociedades de Shakira fueran estructuras artificiales para eludir impuestos.
El tribunal avala que esas empresas eran reales y que el núcleo principal de su actividad económica no estaba en España.



