El magistrado del Tribunal Supremo acata la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la amnistía pero afea a la mayoría progresista la dureza de sus reproches jurídicos.
El juez Llarena deja sin efecto las órdenes de arresto contra Puigdemont, Comín y Puig en acatamiento al Tribunal Constitucional
El magistrado instructor de la causa del procés en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha dictado un auto por el que deja sin efecto las órdenes nacionales de detención que pesaban sobre el expresidente catalán Carles Puigdemont y los exconsellers Antoni Comín y Lluís Puig. La decisión judicial da cumplimiento obligado a la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional (TC), que amparó la aplicación de la Ley de Amnistía al delito de malversación de fondos públicos.
Las claves del auto judicial y los reproches del Supremo al Constitucional
- Acatamiento formal sin extinción de la causa: El levantamiento de las medidas cautelares no implica el sobreseimiento del procedimiento ni la extinción de las responsabilidades penales. Llarena precisa que la resolución definitiva del proceso corresponderá a la Sala de Enjuiciamiento del Alto Tribunal una vez se resuelvan los recursos pendientes planteados por las acusaciones.
- Reproche explícito por la falta de mesura institucional: En el razonamiento jurídico del auto, el magistrado instructor expresa un duro reproche hacia el tono empleado por la mayoría del tribunal de garantías para descalificar la labor interpretativa del Supremo. Llarena recuerda que cinco de los doce magistrados del Constitucional firmaron votos particulares avalando la tesis del Supremo sobre la exclusión de la malversación en la amnistía: «Que casi la mitad del Tribunal Constitucional considere constitucionalmente admisible esa interpretación aconsejaba una mesura en los calificativos que no se advierte», señala el juez.
- Rechazo a mantener las medidas cautelares vía TJUE: Llarena ha descartado prorrogar las órdenes de detención a la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resuelva las cuestiones prejudiciales en curso. El instructor argumenta que la privación de libertad exige una base jurídica firme y actual, impidiendo mantener restricciones de derechos fundamentales basadas en la mera expectativa de una eventual resolución europea favorable.
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